Desde el sindicato LAB informamos al Departamento de Educación de algunos errores en el nuevo convenio. Además se han redactado de nuevo algunos artículos y aceptado de común acuerdo algunos cambios, que propusimos, por lo que se han firmado los cambios del convenio. Recordad las instrucciones publicadas por el departamento en relación al contrato relevo.
· CAMBIOS EN EL CONVENIO
Artículo 22
“1. El cómputo del trabajo efectivo anual (del 1 de septiembre al 31 de agosto) será el establecido en el artículo 21 del Convenio, en función de la jornada semanal que tenga establecida cada trabajador “.
Artículo 26. Otros días de permiso
“En el caso de que se presenten más de una solicitud y no se cubran las necesidades del servicio, se seguirá:
• En primer lugar se priorizará acordar el sistema de rotación.
• En caso de desacuerdo, se establecerá un sistema de rotación por antigüedad en el centro, continuándose en el siguiente el orden por antigüedad. En caso de igualdad en la antigüedad en el centro, se utilizará la antigüedad en el cuerpo para deshacer el empate.
Artículo 68. Ropa de trabajo
“El personal de comedores escolares afectado por el presente Convenio – Cocinero, Cocinero,
Jefe de Cocina, Jefe de Cocina y Limpieza – tendrá derecho a la percepción de 250 euros en
concepto de ropa de trabajo”.
Anexo I
“Personal de cocina y comedor.”
Capítulo IV. El anexo, Ratios del apartado Cocina
“Se tomarán 7 horas para calcular el coeficiente de la jornada.”
- Leer el acuerdo de correcciones: AQUI
· CONTRATO DE RELEVO
Recordar que ha publicado información relevante sobre el contrato de relevo para el personal laboral fijo del Departamento de Educación.
El personal que prevea y cumpla los requisitos de acceso a esta modalidad para el curso 2025/2026, deberá comunicarlo hasta el 11 de junio.
SuTaGar-INFO_2025-05-29-1