Jubilación

JUBILACION

Jubilación general

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en alta o en situación asimilada a la de alta, entendiendo por tal la percepción de prestación por desempleo, la existencia de convenio especial, la situación de prolongación de la situación de incapacidad asimilada o la situación de incapacidad por cuidado.
  • Tener la edad legalmente establecida.
  • Haber cumplido el período mínimo de cotización.

Contrato relevo

El/la trabajador/a que se jubile parcialmente mediante contrato de relevo, podrá reducir su actividad en un 75%El/la relevista que le sustituya deberá ser contratado indefinidamente a tiempo completo. Requisitos:

  • Debe estar contratado o contratada a jornada completa.
  • Realización simultánea de un contrato de relevo.
  • Cotización mínima: 33 años cotizados
  • Antigüedad: al menos 6 años anteriores a la fecha de jubilación parcial.
  • Tener la edad mínima.

Jubilación voluntaria

Como mucho, 2 años antes que la edad de la jubilación general. Requisitos:

  • Estar en cualquier régimen de seguridad social.
  • En alta o situación asimilada a alta.
  • Período mínimo de cotización: 35 años.
  • 2 años cotizados, que deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al nacimiento del derecho.

Jubilación forzosa

La jubilación puede llevarse a cabo como máximo 4 años antes de la edad correspondiente. Cuando la interrupción del trabajo se produzca como consecuencia de ERE. Requisitos:

  • Estar inscrito como demandante de empleo en la oficina de empleo al menos durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de jubilación.
  • Período mínimo de cotización: 33 años
  • Dos años cotizados, que deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al nacimiento del derecho.