Se aplicará a partir del 1 de enero de 2025 a todas las solicitudes de jubilación parcial que se produzcan antes del 1 de enero de 2026. AQUÍ
Condiciones
- 6 años de antigüedad en la empresa.
- Edad exigida con cotización mínima de 62 años y 8 meses, 36 años y 3 meses.
- Edad exigida 64 años con cotización mínima de 33 años.
- Ser personal laboral fijo
Reducción de jornada
- El personal que opte por esta jubilación reducirá su jornada laboral del 100% al 50% de la jornada completa vigente en el momento de la solicitud.
Duración
- El contrato de relevo durará durante la duración de la jubilación parcial y, en todo caso, se extinguirá en el momento en que el jubilado/a parcial se jubile definitivamente o, en su defecto,
hasta que la situación legal exija entender extinguido el contrato.
Plazo de solicitud
- Jubilación parcial con prestación de servicios ANUAL tras el inicio del curso 2025/2026:
Deberá solicitarse con 2 meses de antelación a la fecha prevista para el acceso a la jubilación parcial.
- Jubilación parcial con prestación de servicios PLURIANUAL o ANUAL vinculada al inicio del curso 2025/2026:
Desde la publicación de la instrucción hasta el 31 de mayo de 2025 inclusive. TRAMITAGUNE.
Cualquier duda ponte en contacto con nosotras
2025-02-12-SuTaGar_Azken-Berriak-